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Los delitos sexuales

Foto del escritor: Fernando Barrientos S.Fernando Barrientos S.

Actualizado: 24 may 2020


Los delitos, en general, son actos que lesionan algún bien jurídico determinado, y existiendo una sanción a imponer a quién los efectúa. En los delitos de carácter sexual, los bienes jurídicos lesionados son La Libertad Sexual y La Indemnidad Sexual.

La libertad sexual es la facultad de la persona de auto determinarse en materia sexual, sin ser compelido o abusado por otro. Por lo tanto, el delito de violación castiga el uso de la fuerza o el hecho que el autor del delito se vale de alguna circunstancia desfavorable en que se encuentra la víctima, para abusar sexualmente de ella.

La indemnidad sexual es el otro bien protegido. Esta consiste en el libre desarrollo de la sexualidad, es la seguridad que deben tener todos en el ámbito sexual para poder desarrollarse, por eso la leyes penales se preocupan en especial de proteger la indemnidad sexual de los menores de edad, los más vulnerables en este aspecto. Los delitos de corrupción de menores buscan proteger, principalmente, este bien jurídico.

Los tipos penales en materia sexual son: Violación, Estupro, Abusos Sexuales, Favorecimiento de La Prostitución,Corrupción De Menores,

Sodomía, Producción y Distribución De Material Pornográfico.

A continuación revisaremos las circunstancias que califican una conducta en delictual y los aspectos más relevantes de cada una de estas figuras.

Vea también lesiones en materia de violencia sexual. (para personas con criterio formado por contener imágenes de violencia y sexualidad)

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